Restricción de los microplásticos en la UE bajo el Reglamento (UE) 2023/2055

Restricción de los microplásticos en la UE

La preocupación por la contaminación por microplásticos ha aumentado de forma exponencial en los últimos años. Estas partículas diminutas, presentes en productos industriales, cosméticos, fertilizantes y materiales sintéticos, se dispersan fácilmente en el medio ambiente y pueden persistir durante décadas.

Para hacer frente a este problema, la Unión Europea aprobó el Reglamento (UE) 2023/2055, una modificación del anexo XVII del reglamento REACH que introduce restricciones específicas sobre la comercialización y uso de microplásticos añadidos intencionadamente a productos.

Esta nueva normativa supone un cambio significativo para muchas empresas que fabrican, importan o comercializan productos que contienen polímeros sintéticos. En este artículo analizamos qué establece el Reglamento (UE) 2023/2055, a quién afecta y qué deben hacer las empresas para cumplir con él.

¿Qué es el Reglamento (UE) 2023/2055?

El Reglamento (UE) 2023/2055 es una modificación del reglamento REACH que introduce restricciones específicas sobre la presencia de microplásticos añadidos intencionadamente a mezclas y productos.

Su objetivo principal es reducir la liberación de microplásticos al medio ambiente, limitando su uso en sectores donde pueden dispersarse fácilmente, como cosméticos, detergentes, productos agrícolas o materiales de relleno en superficies deportivas.

Esta normativa se integra dentro del marco del reglamento REACH, lo que significa que su incumplimiento puede conllevar sanciones similares a las previstas para otras restricciones del anexo XVII.

¿Qué se considera microplástico según la normativa?

El Reglamento (UE) 2023/2055 define los microplásticos como partículas de polímeros sintéticos sólidos inferiores a 5 mm, insolubles y resistentes a la degradación.

La definición incluye tanto partículas individuales como aquellas incorporadas en mezclas, siempre que cumplan los criterios establecidos en el reglamento.

No todos los polímeros están automáticamente prohibidos, pero sí aquellos que puedan liberarse al medio ambiente en forma de microplástico persistente.

¿A qué sectores afecta el Reglamento (UE) 2023/2055?

El alcance del Reglamento (UE) 2023/2055 es amplio y afecta a múltiples sectores industriales. Entre los más relevantes se encuentran:

  • Cosméticos y productos de cuidado personal.

  • Fertilizantes y productos agrícolas.

  • Productos de limpieza y detergentes.

  • Pinturas y recubrimientos.

  • Granulados de relleno para campos deportivos.

  • Materiales industriales con liberación potencial de partículas.

Muchas empresas pueden verse afectadas sin haber sido tradicionalmente consideradas “industria química”, ya que la normativa aplica a cualquier operador económico que introduzca en el mercado productos con microplásticos añadidos intencionadamente.

Calendario de aplicación y periodos transitorios

El Reglamento (UE) 2023/2055 no impone una prohibición inmediata en todos los casos. Establece distintos periodos transitorios dependiendo del tipo de producto y del sector afectado.

Algunas restricciones entran en vigor de forma inmediata tras su publicación, mientras que otras conceden plazos de varios años para permitir la adaptación tecnológica y la reformulación de productos.

Por ello, es fundamental que las empresas revisen su cartera de productos y analicen si contienen polímeros sintéticos que puedan entrar dentro de la definición de microplástico según el reglamento.

Obligaciones para fabricantes e importadores

Las empresas que fabrican o importan productos afectados por el Reglamento (UE) 2023/2055 deben:

  • Analizar la composición de sus productos.

  • Evaluar si contienen microplásticos añadidos intencionadamente.

  • Adaptar formulaciones cuando sea necesario.

  • Cumplir con las obligaciones de información y etiquetado.

  • Mantener documentación técnica que demuestre cumplimiento.

Además, pueden existir obligaciones de reporte a las autoridades competentes, especialmente en casos donde se permita el uso de microplásticos bajo condiciones específicas.

Relación con el reglamento REACH

El Reglamento (UE) 2023/2055 forma parte del marco REACH, concretamente del anexo XVII relativo a restricciones.

Esto implica que el incumplimiento de esta nueva restricción puede dar lugar a sanciones similares a otras infracciones de REACH: retirada de productos del mercado, multas económicas y prohibición de comercialización.

La correcta interpretación de esta norma requiere conocimiento técnico y legal, especialmente en lo relativo a la definición de polímero, persistencia y condiciones de liberación.

Consecuencias del incumplimiento

El incumplimiento del Reglamento (UE) 2023/2055 puede implicar:

  • Sanciones económicas significativas.

  • Retirada de productos del mercado europeo.

  • Bloqueo de importaciones.

  • Daño reputacional frente a clientes y distribuidores.

Además, el creciente interés social por la sostenibilidad ambiental hace que el incumplimiento pueda tener también un impacto en la imagen corporativa y en la relación con inversores y socios comerciales.

Cómo prepararse ante el Reglamento (UE) 2023/2055

La mejor estrategia para afrontar esta nueva regulación es anticiparse. Las empresas deben realizar auditorías internas, revisar formulaciones y consultar con expertos en cumplimiento normativo.

En muchos casos, será necesario coordinar departamentos técnicos, legales y comerciales para asegurar que todos los productos cumplen con la nueva restricción.

Contar con asesoría especializada permite identificar riesgos antes de que se conviertan en sanciones y facilita la transición hacia alternativas más sostenibles.

Cómo puede ayudarte CTMP

En CTMP ayudamos a empresas a cumplir con las restricciones del reglamento REACH, incluyendo las nuevas obligaciones introducidas por el Reglamento (UE) 2023/2055.

Nuestro equipo analiza la composición de productos, evalúa su encaje en la definición de microplástico y asesora en la adaptación normativa para evitar sanciones y garantizar la continuidad del negocio.

Si tu empresa fabrica o comercializa productos que puedan contener microplásticos, contacta con CTMP y asegura el cumplimiento del reglamento REACH y sus nuevas restricciones.

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